
Un llamado a los comerciantes ubicados en las zonas de influencia de las obras públicas que se ejecutan en el municipio, para que conozcan y soliciten los beneficios tributarios establecidos en el Acuerdo 361 de 2025, efectuó la Alcaldía de Armenia, a través de la Secretaría de Hacienda.
La recomendación surgió durante una reunión extraordinaria de la Junta Administradora Local, JAL, de la Comuna 9, en la que se identificó que algunos comerciantes todavía tienen dudas sobre la forma y el momento en que pueden acceder a estas medidas.
El secretario de Hacienda, Yeison Andrés Pérez Lotero, confirmó que los contribuyentes que tengan con el municipio obligaciones tributarias en mora a agosto de 2026, podrán acceder a una reducción de hasta el 90 % de los intereses moratorios si pagan la totalidad de la deuda dentro de los plazos establecidos en el nuevo acuerdo de alivios tributarios.
Los beneficios son transitorios para recuperación de cartera y establecen una reducción del 90 % de los intereses de mora hasta el 31 de octubre de 2026; del 70 % durante noviembre, y del 50 % entre el 1 y el 28 de diciembre para las rentas municipales cobijadas por el beneficio.
El alivio no representa una reducción del impuesto o de la obligación principal. Para acceder al beneficio, el contribuyente debe pagar la totalidad del capital adeudado dentro de las fechas establecidas. Los abonos o pagos parciales no generan la reducción de los intereses.
“Este alivio busca darle a los contribuyentes una oportunidad concreta para ponerse al día con sus obligaciones en condiciones más favorables. La fecha en que se haga el pago es determinante para establecer el porcentaje de reducción de los intereses, por eso nuestra invitación es a revisar desde ahora el estado de cuenta y aprovechar el mayor beneficio disponible”, señaló Pérez Lotero.
Para el impuesto Predial Unificado, los contribuyentes podrán acceder a una reducción del 90 % de los intereses moratorios hasta el 31 de octubre, del 70 % entre el 1 y el 30 de noviembre, y del 50 % entre el 1 y el 28 de diciembre de 2026.
En el caso de la Contribución por Valorización, el descuento será del 90 % hasta el 31 de octubre y del 80 % entre el 1 y el 28 de diciembre.
Para las demás rentas municipales, se contempla un descuento del 90 % hasta el 31 de octubre y del 50 % entre el 1 y el 28 de diciembre.
El beneficio incluye rentas como alumbrado público, impuesto de teléfonos y sobretasa a la gasolina. Se aclaró, que quedan excluidas las retenciones de Industria y Comercio, las estampillas, la Tasa Pro Deporte y Recreación, así como las multas de tránsito y transporte.
El jefe de Fiscalización de la Secretaría de Hacienda, Juan David Ocampo Valderrama, explicó que el beneficio está establecido para los periodos gravables 2026 y 2027, pero aclaró que en el impuesto de Industria y Comercio, ICA, se declara y paga sobre los ingresos obtenidos en el año inmediatamente anterior.
“Hay una confusión entre periodo gravable y vigencia fiscal. El Acuerdo 361 establece una exención en el pago del Impuesto de Industria y Comercio, ICA, para los periodos gravables 2026 y 2027. Esto significa que el beneficio corresponde al impuesto que se declare posteriormente sobre los ingresos obtenidos durante esos periodos. El beneficio está vigente y está regulado en los artículos 20 y 21 del acuerdo. Igualmente hay beneficios en el Predial Unificado”, reiteró Ocampo Valderrama.
La precisión se hizo para los comerciantes que manifestaron inquietudes durante la reunión, particularmente frente a las declaraciones de ICA que ya debieron presentar y pagar.
El funcionario municipal recordó que los comerciantes que consideren estar dentro de la población beneficiaria deben solicitar la exención ante la Secretaría de Hacienda, para que la Administración Municipal revise cada caso de manera particular y determine si cumple las condiciones establecidas en el acuerdo.
“Los invitamos a que estén atentos y se acerquen a la Secretaría de Hacienda para hacer la solicitud de exención. Allí se podrá estudiar cada caso y, si resulta procedente, decretar la exención para el periodo gravable correspondiente”, señaló el jefe de Fiscalización.
El Acuerdo 361 de 2025 contempla la exoneración del Impuesto de Industria y Comercio para los establecimientos de comercio y de servicios que directamente han sido impactados por las obras públicas que se adelantan en el municipio, para los periodos gravables 2026 y 2027.
Se destacó, que con el liderazgo de la Secretaría de Hacienda se han realizado jornadas de socialización con los comerciantes de las zonas de influencia de las obras, por lo cual la dependencia invitó a los contribuyentes a consultar los canales oficiales de la Alcaldía de Armenia y a acercarse directamente a la dependencia de Hacienda, en el Centro Administrativo Municipal, CAM, para conocer los requisitos y el procedimiento aplicable a cada establecimiento.
-
Detalles
-