La Secretaría de Gobierno y Convivencia de Armenia estableció requisitos adicionales de seguridad para la reapertura de escenarios, establecimientos y espacios de aglomeración de público, tras el sismo del 10 de agosto de 2026.
Las medidas están contempladas en la Circular No. 013 del 23 de septiembre de 2026, rigen a partir del 28 de septiembre de 2026 y se suman a los permisos y requisitos previamente establecidos para la realización de eventos. Su objetivo es fortalecer las condiciones de seguridad y prevenir riesgos asociados a posibles afectaciones en las edificaciones.
Requisitos para realizar eventos
Los organizadores deberán cumplir previamente con los requisitos y permisos establecidos según el tipo de evento.
Consulte aquí los requisitos generales para la realización de eventos en Armenia.
Requisitos adicionales para la reapertura
Cuando sean aplicables al escenario y a la actividad, los responsables deberán cumplir adicionalmente con:
Concepto técnico de estabilidad estructural, expedido por un ingeniero estructural o patólogo debidamente matriculado y vigente.
- Certificación del estado y fijación segura de fachadas, cielos rasos, mampostería, luminarias, pantallas LED, sistemas de sonido suspendidos, ventanales y otros elementos que puedan representar riesgo.
- Actualización del plan de contingencia, incluyendo rutas de evacuación despejadas, señalización y puntos de encuentro seguros.
- Sistemas de comunicación autónoma, como perifoneo o megáfonos con batería independiente.
- Certificación de inspección de las redes de gas, eléctrica y de agua, expedida por personal calificado o la empresa prestadora del servicio, según corresponda.
- Reducción preventiva del aforo entre el 70 % y el 80 % de la capacidad técnica del escenario, de acuerdo con la tipología del evento.
- Cuando aplique, certificación o otrosí de la póliza de responsabilidad civil extracontractual, que confirme su vigencia bajo las condiciones posteriores al sismo.
Inspección y control
La Secretaría de Gobierno y Convivencia y la Policía Nacional realizarán las acciones de inspección, vigilancia y control. El incumplimiento de las medidas podrá generar las sanciones previstas en la normativa vigente.
Estas disposiciones complementan las medidas de seguridad territorial y aplican a quienes pretendan reabrir o desarrollar actividades en escenarios de aglomeración de público durante esta etapa de normalización.
Consulte aquí la Circular No. 013 de 2026 y conozca los requisitos completos para la reapertura de escenarios tras el sismo.