El municipio de Armenia interpuso recurso de apelación y solicitó la nulidad de la sentencia No. 100 del 22 de julio de 2025, con la que el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Armenia, decidió declarar nulo el Acuerdo Municipal 304 del 29 de abril de 2024, “Por medio del cual se adopta una modificación al Acuerdo No. 019 de 2009 Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Armenia 2009-2023”.
La sentencia de primera instancia decretó la nulidad del acuerdo, sustentada en que el Municipio no realizó el proceso de socialización y consulta del proyecto con los gremios y la comunidad. No obstante, con la apelación, el Municipio demostró e insistió que dicha socialización y consulta sí se realizó con los gremios, diferentes sectores sociales, comunitarios y de participación, incluyendo la Procuraduría General de la Nación y el Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial, desde el año 2022 y hasta noviembre del año 2023, incluyendo la realización de un cabildo abierto el 19 de febrero de 2024, según certificación de la Secretaría del Concejo Municipal.
Así mismo, y con el recurso de apelación, se solicitó la nulidad de la sentencia y de todo el proceso surtido en primera instancia por la presunta violación al debido proceso, derecho de defensa y acceso a la administración de justicia, por la indebida notificación del auto admisorio de la demanda y de otros actos procesales al Concejo Municipal de Armenia. De igual manera, por la falta de decreto de oficio de pruebas esenciales, que demostrarían que el ente territorial sí adelantó consultas con gremios y encuentros de socialización del proyecto con la comunidad.
En calidad de apoderado del municipio, el abogado Jaime Andrés López Gutiérrez manifestó: “Es muy probable que por parte del Tribunal Administrativo del Quindío se decrete la nulidad de la sentencia y se dicten medidas de saneamiento o se decreten pruebas de oficio para demostrar procesalmente que sí se realizaron actos de socialización y consulta del proyecto de acuerdo, que se convirtió en el Acuerdo 304 del 29 de abril de 2024, con los gremios y la comunidad con anterioridad a su expedición; hecho que incluso probamos ya con el recurso, con certificaciones que reposan en la Alcaldía de Armenia, el Departamento Administrativo de Planeación, el Consejo Territorial de Planeación y el Concejo Municipal”.
Con este recurso de apelación se espera que se preserve la legalidad del acuerdo que modificó de manera adecuada el Plan de Ordenamiento de la ciudad.