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La Alcaldía de Armenia, a través de la Secretaría de Hacienda, informa a la ciudadanía, en especial a los usuarios de telefonía fija de la empresa TIGO, que el cobro retroactivo del Impuesto de Teléfonos municipal, reflejado en las facturas del servicio, no es una decisión adoptada por la Administración Municipal.

Es importante precisar que, conforme al Acuerdo 229 de 2021, en concordancia con la Ley 97 de 1913 y la Ley 84 de 1915, las empresas prestadoras del servicio de telefonía fija, en calidad de agentes recaudadores del Impuesto de Teléfonos, se encuentran obligados a incluir en sus recibos de pago el valor del impuesto para su recaudo desde 1 de marzo de 2022. Sin embargo, la empresa TIGO no había realizado el recaudo ni las transferencias correspondientes al municipio, situación que derivó en la apertura de procesos sancionatorios por parte de la Secretaría de Hacienda en su contra.

Ante esta circunstancia, la empresa decidió realizar el cobro retroactivo del impuesto dejado de recaudar, hecho que fue autorizado exclusivamente por el área jurídica de la sociedad, y ajena a la Secretaría de Hacienda.  El cobro retroactivo visible en las facturas de TIGO es una decisión adoptada por la compañía para ajustar sus obligaciones tributarias, sin que exista instrucción o mandato de la Administración Municipal en este sentido.

La Alcaldía adelantará reuniones con los directivos de Tigo para garantizar que el proceso de recaudo se realice de manera ordenada y sin afectar de manera desproporcionada a los usuarios. Entre las alternativas propuestas estará la posibilidad de diferir el cobro retroactivo, de manera que no se cargue en una sola factura y se mitigue el impacto económico para las familias de la capital quindiana.

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